La institución del hábeas corpus, es una figura propia del Derecho anglosajón, la cual fue introducida en España por la Ley Orgánica 6/86, de 24 de mayo, si bien podemos encontrar algún antecedente de la misma, aunque lejano, en el Derecho del Reino de Aragón, como era el denominado recurso de manifestación de personas.
La citada institución (hábeas corpus) es una de las técnicas de protección de los derechos fundamentales, que pretende establecer remedios rápidos y eficaces en contra de todas aquellas detenciones o privaciones de libertad que no tengan una justificación legal, o que transcurra en condiciones de ilegalidad, consiguiendo, a través de la mencionada institución, que la persona detenida ilegalmente sea reparada en su derecho con la máxima celeridad posible.